Condiciones generales de venta |
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GENERAL |
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i. |
Elite Thermal Systems Limited (�El vendedor�) no está obligado por ninguna orden dada por el Comprador hasta que la misma haya sido aceptada por escrito. Todas las órdenes se aceptan bajo el estricto entendimiento de que se aplican estas condiciones y salvo cuando lo convengamos expresamente por escrito estas condiciones anulan cualquier condición impuesta por el Comprador sin perjuicio de que la misma sea posterior en tiempo a estas condiciones. Sujeto a estas condiciones ninguna modificación de o renuncia de estas condiciones será eficaz a menos que el Comprador lo acuerde por escrito. |
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ii. |
Ningún agente u otra persona está autorizado a variar estas condiciones o a ofrecer cualquier garantía o representación ni a incurrir en cualquier responsabilidad en nombre del Vendedor. |
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iii. |
La aceptación de una orden de compra solamente la emitirá el vendedor cuando el Comprador haya dado su orden formal escrita y aclarado todos los detalles técnicos y comerciales y cuando se haya abonado cualquier depósito requerido y el mismo lo haya recibido el Vendedor. |
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iv. |
Las órdenes no deberán estar revocadas excepto por el consentimiento escrito del Vendedor y al pago de una tarifa por cancelación con respecto a la pérdida del Vendedor. |
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INFORMACIÓN TÉCNICA |
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i. |
Toda la información técnica, facilitada tanto por el Vendedor como por el Comprador asociada con los productos sujetos de la orden, en especial diagramas, pesos y dimensiones, son aproximadas a menos que se confirme de otra forma. |
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ii. |
Las cifras de rendimiento ofrecidas por el Vendedor tanto antes como durante la oferta o posteriormente son aproximadas. Si el Vendedor acuerda o especifica llevar a cabo una verificación del rendimiento del horno (por ejemplo las frecuencias de enfriado/caldeo o la uniformidad de la temperatura), el Vendedor mismo llevará a cabo esta verificación cuando el horno esté vacío. A menos que el Comprador convenga lo contrario por escrito, el vendedor no aceptará responsabilidad alguna por el rendimiento de un horno cargado ni por la idoneidad del horno para cualquier fin concreto. |
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iii. |
Todos los diagramas, ofertas, ilustraciones, descripciones, catálogos, muestras o modelos asociados con las mercancías del Vendedor están protegidos por las leyes de Copyright y no podrán facilitarse a ningún tercero. Tampoco podrán copiarse, imitarse ni usarse para la fabricación de un artículo igual o similar y deben devolverse al Vendedor a petición y el Comprador promete no revelar a ningún tercero la información técnica que pueda facilitarle el vendedor, excepto con el permiso expreso del Vendedor. |
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iv. |
El Comprador garantiza que el fabricante de las mercancías según sus órdenes o diseño no asociará al vendedor en la infracción de cualquier patente, diseño registrado o marca comercial o con ningún otro derecho similar y el Comprador indemnizará al vendedor contra cualquier reclamación y gasto incurridos por el vendedor asociado con cualquier infracción o presunta infracción. |
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TÉRMINOS DE PAGO |
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i. |
A menos que se convenga expresamente de otra forma por escrito la fecha de vencimiento de las facturas es 30 días contados a partir de la fecha de la factura. Cuando las entregas se extiendan sobre un periodo de tiempo, cada consigna se facturará según se despache y cada factura se considerará una cuenta separada y pagadera de conformidad. |
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ii. |
El impago de cualquier mercancía, entrega o mensualidad conferirá el derecho al Vendedor a suspender las entregas y trabajos futuros tanto para la misma orden como para cualquier orden del Comprador sin perjuicio de cualquier otro derecho que pudiera tener el Vendedor. El Vendedor también se reserva el derecho a cobrar interés sobre cualquier cuenta vencida a razón de un 2% mensual. El Vendedor se reserva el derecho que cuando surjan dudas genuinas sobre la capacidad de pago o en el caso de impago por cualquier mercancía, entrega o mensualidad como se indica anteriormente a suspender la entrega de cualquier orden o de cualquier parte o mensualidad sin responsabilidad alguna hasta que se haya obtenido el pago o una garantía satisfactoria de pago. |
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iii. |
En el caso de contratos extranjeros y a menos que el vendedor convenga lo contrario por escrito, todos los pagos se realizarán mediante Carta de Crédito Irrevocable, confirmada por un banco adscrito a la Cámara de Compensación Bancaria de Londres y válida para los envíos y negociación estipulados en cualquier acuse de pedido. Todos los cargos bancarios corren por cuenta del Comprador.
En el caso de contratos FOB si las mercancías están listas para su envío y no pueden embarcarse en ningún navío debido a que el Comprador o su Transitario no han dado las instrucciones de despacho debidas en un plazo de 21 días desde que se solicitara hacerlo así o porque el navío especificado por el Comprador o por sus transitarios no está disponible para ser cargado en un plazo de 21 días de la fecha en la que las mercancías están listas o debido a cualquier otra razón fuera del control del Vendedor, el Vendedor tendrá derecho a colocar las mercancías en almacenaje (bien en las instalaciones del vendedor o en el almacén de un tercero) y posteriormente a sacarlas del almacén por riesgo y cuenta del Comprador (incluyendo un recargo a una tarifa comercial de almacenaje en las dependencias del Vendedor), y el recibo del almacén sustituirá al conocimiento de a bordo como el documento de pago. |
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iv. |
El Comprador no tiene derecho a retener ningún pago vencido ateniéndose a fundamentos de cualquier compensación de equidad o contrademanda. |
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v. |
Cualquier depósito abonado al Vendedor se aplicará, si el Comprador cumple el contrato debidamente, hacia la satisfacción del precio de compra o si el Comprador no cumpliera el contrato, el Vendedor podrá confiscar dicho depósito por su propia cuenta. |
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PRECIOS |
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i. |
Las ofertas enviadas por el Vendedor tendrán vigencia durante un periodo de 14 días o cualquier otro periodo de tiempo especificado en la oferta. |
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ii. |
Sujeto a la condición 4(i) anterior cuando las mercancías se vendan haciendo referencia a la lista de precios publicada del vendedor, el precio pagadero por las mercancías será el precio corriente publicado en la lista de precios a la fecha de la aceptación del pedido por parte del Vendedor. |
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iii. |
En otros casos y a menos que el precio pagadero se indique en el contrato que es un precio fijo, el precio en el contrato está basado en las tarifas salariales y en otros costes del vendedor a la fecha de aceptación del pedido. Si a la fecha de despacho de las mercancías de las instalaciones del vendedor hubiera habido algún incremento en alguno o todos los costes del Vendedor, el precio pagadero por las mercancías pudiera incrementarse de conformidad a petición del vendedor. Cuando el precio de las mercancías varíe conforme a esta condición, el precio que se ha variado será legalmente vinculante para ambas partes y no dará a ninguna de las partes opción a cancelar el pedido. |
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iv. |
El precio de las mercancías incluirá IVA y cualquier otro impuesto pagadero asociado con la fabricación, transporte, exportación, importación, venta o entrega de las mercancías (tanto si se ha incluido inicialmente como si el mismo fuera pagadero por el Vendedor del Comprador.) Todas las mercancías se venden �franco de fábrica� a menos que se especifique de otra forma. Si el Vendedor ha organizado o se compromete a organizar el transporte, flete, seguro y costes de transportes, dichos costes incluyendo los costes administrativos correrán a cargo del Comprador y no afectarán las disposiciones del contrato con respecto a la transferencia del riesgo. |
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v. |
Cuando las mercancías se vendan �franco de fábrica� o según otros términos comerciales, por ejemplo FOB, FAS, CIF, etc., se aplicarán las definiciones y las reglas de INCOTERMS 1980, excepto según lo estipule expresamente el contrato. |
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vi. |
El Vendedor se reserva el derecho a modificar los precios si el Comprador da orden como si no, de suspender o alterar la fecha, método u otros particulares de la entrega. |
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vii. |
El Comprador debe abonar el importe total de las mercancías según se indica en la factura del Vendedor, incluyendo todos los cargos bancarios o de cualquier otra índole. |
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ENTREGA Y TRANSPORTE |
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i. |
Las mercancías se enviarán por los métodos de transporte que el Vendedor considere aptos y el riesgo de pérdidas o daños de las mercancías se transferirá al Comprador en el momento en el que las mercancías se consignen para su transporte. A la hora de efectuar el contrato de transporte se considerará que el Vendedor actúa como agente del Comprador y en el caso de pérdidas o daños de las mercancías durante el tránsito el Vendedor adoptará las medidas necesarias para reclamar la pérdida o daño contra el transportista en nombre del Comprador, siempre y cuando el Vendedor haya recibido aviso de dicha pérdida o daño en un plazo de tres días de dicha pérdida o daño y las mercancías se hayan firmado �no examinadas�. La responsabilidad del vendedor con respecto a cualquier pérdida o daño, de admitirse, en cualquier caso estará limitada al valor de las mercancías perdidas o dañadas. |
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ii. |
Si el Comprador rehúsa aceptar las mercancías fabricadas según los términos del contrato o no puede aceptar su entrega a la llegada de las mismas, el Vendedor se reserva el derecho a facturar las mismas como si su parte del contrato se hubiera cumplido en todos los respectos. El Vendedor tendrá derecho a poner las mercancías en almacenaje (bien en las instalaciones del vendedor o en el almacén de un tercero) y posteriormente a sacarlas del almacén por riesgo y cuenta del Comprador (incluyendo un recargo a una tarifa comercial) por el almacenaje en las dependencias del Vendedor. |
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iii. |
Las fechas de entrega o realización especificadas en el contrato son aproximadas solamente y, a menos que se indique expresamente lo contrario, el tiempo no es la esencia de la entrega. El Vendedor no será responsable bajo ninguna circunstancia por las consecuencias de cualquier demora o incumplimiento en la entrega si la duración de la demora no es importante o si la entrega o falta de ella se debe a una causa fuera del control del Vendedor o fuere de una naturaleza inesperada o excepcional. |
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iv. |
Ninguna demora conferirá derecho al Comprador a rechazar una entrega ni cualquier plazo de entrega adicional o parte del pedido o cualquier orden del Comprador o repudiar el contrato o el pedido. |
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v. |
El Vendedor no promete satisfacer ningún programa de requerimientos del Comprador proporcionado después de la fecha del contrato y no será responsable de ninguna demora o falta de satisfacción de dichos requerimientos (de cualquier forma que puedan surgir). |
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vi. |
El Vendedor no estará legalmente vinculado por ninguna multa por entrega tardía que el Comprador pueda imponer. |
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TÍTULO SOBRE LOS BIENES |
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La propiedad de las mercancías no pasará al Comprador hasta que el Vendedor haya recibido el pago completo por las mercancías. No obstante todos los riesgos asociados con las mercancías pasarán al Comprador cuando se despachen las mercancías de las instalaciones del Vendedor. Hasta el momento del pago actual al vendedor de todas las cantidades debidas con respecto a las mercancías el Comprador guardará las mercancías en nombre del Vendedor y guardará las mercancías de tal forma que puedan identificarse por separado; no obstante antes de efectuar el pago actual al Vendedor, el Comprador tiene derecho a usar las mercancías en el curso normal de sus actividades comerciales o a vender las mismas a terceros en el curso normal de sus actividades comerciales en nombre de y a cuenta del vendedor (pero de forma que el Comprador no sea considerado por ninguno de estos terceros como agente del Vendedor) con la condición de que las mercancías o cualquier artículo fabricado a partir de éstas o que se incorpore a las mercancías siga siendo la propiedad del Vendedor hasta que el Vendedor haya recibido el pago por las mismas como se menciona anteriormente y todas las cantidades recibidas de terceros en pago de las mercancías o de cualquier artículo fabricado a partir de éstas o que se incorpore a las mercancías sean mantenidas por el Comprador a cuenta del vendedor como fideicomisario del Vendedor pendiente del pago del importe total al Vendedor y por el presente, el Comprador asigna al Vendedor todos los derechos y reclamaciones que el Comprador pueda tener contra cualquier tercero.
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GUARANTEE
GARANTÍA |
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i. |
Sujeto a lo expuesto más adelante si se demuestra que las mercancías suministradas tienen defectos materiales o de mano de obra en un periodo de un año de la entrega y el Comprador notifica al vendedor por escrito sobre dicho defecto en un plazo de catorce días de hacerse aparente, el vendedor reparará o reemplazará, a su opción, las mercancías o cualquier parte de las mismas gratuitamente y cualquier reparación o pieza de repuesto estará sujeta a la misma garantía.
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SIEMPRE Y CUANDO el Vendedor no será responsable de ningún defecto si:- |
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a) |
el defecto haya surgido debido al desgaste natural o |
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b) |
Las mercancías no hayan sido usadas, mantenidas, guardadas o protegidas en la forma correcta o |
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c) |
El Comprador o cualquier otra persona haya intentado llevar o llevado a cabo cualquier reparación o alteraciones a las mercancías o |
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d) |
En el caso de elementos calefactores de alambre demuestren estar defectuosos como se indica anteriormente más de cuatro meses después de la entrega o en el caso de termopares demuestren estar defectuosos como se indica anteriormente más de seis meses después de la entrega sin perjuicio a la generalidad de las disposiciones anteriores incluidas en esta Condición.
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Y ADICIONALMENTE si cualquier pieza defectuosa no estuviera fabricada por el Vendedor, el Comprador solamente tendrá derecho a la garantía que el fabricante de dicha pieza haya ofrecido al Vendedor y el Vendedor se compromete a pasar la reclamación al fabricante en cuestión. |
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ii. |
Esta garantía se ofrece en lugar de cualquier otra garantía o condición sobre la calidad o idoneidad de las mercancías para un propósito determinado, tanto implícito por el Derecho Angloamericano o Estatuto o de cualquier otra forma y el Vendedor bajo ninguna circunstancia será responsable de cualquier pérdida o daño ya sea pérdida de producción, beneficios, desperdicio de mano de obra o materiales o por cualquier otra causa. |
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iii. |
Cualquier afirmación efectuada por el Vendedor sus sirvientes o agentes relacionada con las mercancías del Vendedor tanto verbal como por escrito se ofrece únicamente como guía y el Comprador no deberá confiar en la misma sin consultarlo específicamente y sin asegurar que cualquier duda o preocupación se mencione específicamente en este contrato. |
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iv. |
El Vendedor podrá rehusar reparar o reemplazar las piezas defectuosas siempre y cuando el Comprador no haya cumplido sus obligaciones. |
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LUGAR |
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i. |
El Comprador es el único responsable de asegurar la idoneidad del lugar para la instalación de las mercancías, de obtener todos los permisos y aprobaciones necesarios según las normativas de planificación y construcción y cualquier reglamento local, además de por la preparación del lugar, la construcción de cimientos y la provisión de servicios de forma que el lugar esté en condiciones aptas para recibir las mercancías. |
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ii. |
A menos que el contrato lo especifique expresamente no incluye la instalación, erección o puesta en servicio de ninguna mercancía o equipo ni de la supervisión de los mismos. Cuando la instalación se incluya en el contrato es la responsabilidad del Comprador asesorar al Vendedor de las condiciones imperantes en el lugar con respecto (inter alia) a las características físicas, disponibilidad de servicios, horario laboral normal, disponibilidad de mano de obra local o disposiciones o prácticas laborales locales o nacionales que pudieran afectar el trabajo, así como sobre cualquier otro factor relevante. El Comprador asegurará que el trabajo puede llevarse a cabo sin interrupciones durante el horario laboral normal. Cualquier coste adicional ocasionado por cualquier interrupción o demora no atribuible al Vendedor o a sus empleados o debido a que el Vendedor no puede obtener acceso al lugar se recargará al Comprador junto con la deducción de beneficios apropiada. El Comprador también será responsable de proporcionar un lugar de trabajo saludable y seguro para los empleados de Vendedor y los subcontratistas del vendedor y sus empleados y será responsable de (o rembolsar al Vendedor) contra cualquier pérdida, daño o indemnización debida a cualquier persona asociada con cualquier lesión personal, muerte, destrucción o daño a la propiedad excepto hasta el punto de que el mismo se deba a la negligencia del Vendedor y el Comprador deberá indemnizar al Vendedor a este respecto. |
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MODIFICACIONES ETC. |
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Cualquier trabajo, requerimiento o modificación adicionales asociados con las mercancías o su instalación que no se especifique expresamente en el contrato o que se excluya expresamente mediante estas condiciones y que el Comprador solicite, si el Vendedor es capaz y está dispuesto a acordarlo de esta forma, incurrirá en gastos adicionales (incluyendo cualquier indemnización de beneficios) hasta el punto de que cualquier trabajo o modificación adicionales incrementen el coste para el Vendedor del cumplimiento del contrato, y el Vendedor tendrá derecho a pedir una extensión o aplazamiento en la realización del contrato o en las fechas de entrega requeridos para cumplir cualquiera de estas solicitudes. |
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JURISDICCIÓN |
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El contrato estará gobernado por la Ley Inglesa y las partes se someten a la jurisdicción no exclusiva de los tribunales Ingleses.
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